SEAIDA · Nota editorial
Jornada SEAIDA · Madrid 2026

Sostenibilidad y Complementariedad de los Sistemas Privados de Pensiones

Nota editorial de la Jornada celebrada el 28 de mayo, organizada por SEAIDA con la colaboración de Hogan Lovells, Álvaro Requeijo Abogados y Funds People.

Fecha
28 de mayo de 2026
Lugar
Hogan Lovells International
Paseo de la Castellana, 77 · Madrid
Organiza
SEAIDA

El 28 de mayo se ha celebrado la Jornada: “Sostenibilidad y Complementariedad de los Sistemas Privados de Pensiones”, organizada por SEAIDA, con la colaboración de Hogan Lovells, Álvaro Requeijo Abogados y Funds People, en las oficinas de Hogan Lovells en Madrid.

Como viene siendo habitual en las diferentes Jornadas organizadas con el sello de SEAIDA, la calidad de las presentaciones y las opiniones transmitidas han sido la nota característica, permitiendo cosechar un nuevo éxito organizativo.

Francisca Gómez-Jover Torregrosa - DGSFP
Francisca Gómez-Jover Torregrosa · DGSFP

La Jornada se ha iniciado con la participación de Francisca Gómez-Jover Torregrosa, Subdirectora general de Organización, Estudios y Previsión Social Complementaria de la DGSFP, que ha comenzado aportando información actualizada sobre las principales magnitudes del Negocio de los Fondos de Pensiones en España, que al cierre del año 2025, gestionan un patrimonio de 138.011 millones de euros, con unas aportaciones anuales de 3.303 millones, unas prestaciones anuales pagadas de 3.672,5 millones (sin tener en cuenta los supuestos excepcionales de liquidez) y 10.274.737 cuentas de partícipes. Todo ello a través de 436 fondos de pensiones y 1.340 planes de pensiones.

Ha tratado la evolución de los planes de empleo, la necesidad de seguir desarrollando el plan sectorial y las prioridades de supervisión 2026 – 2028 publicadas por la DGSFP.

Sobre las recomendaciones de la Unión de Ahorros e Inversiones SIU (1) ha expuesto el desarrollo de sistemas de rastreo de las pensiones, cuadros de indicadores de las pensiones y la aplicación de la afiliación automática en regímenes complementarios de pensiones.

Respecto a la normativa sobre la que se está trabajando ha citado las Directivas (UE) 2016/2341 y 2016/97 para reforzar el marco regulador de los planes de pensiones de empleo, la modificación del Reglamento (UE) 2019/1238 relativo a un producto paneuropeo de pensiones individuales (PEPP), el Anteproyecto de Ley de desarrollo del régimen de infracciones y sanciones de los productos paneuropeos de pensiones individuales y una Orden Ministerial por la que se aprueba la clasificación de los fondos de pensiones en función de su política de inversión.

Ha concluido transmitiendo que hay que desarrollar el ahorro a largo plazo con productos que otorguen estabilidad y valor real.

Marta Borque Francisco - UNESPA
Marta Borque Francisco · UNESPA

A continuación, ha intervenido Marta Borque Francisco, Responsable de la Comisión de Vida y Pensiones de UNESPA. Ha recordado subrayado que España tiene una asignatura pendiente en esta materia Ccon unos activos equivalentes al del 8% del PIB estamos por debajo delfrente al 32% de la media de la Unión Europea. Ha recordado que las Para mejorar son necesarias recientes reformas importantes del segundo Ppilar fijaron como2. El objetivo de alcanzar los 10 millones de partícipes ena planes de pensiones de empleo en 2030, si bien los resultados están siendo por el momento limitados. En la actualidad, más de 3 millones de personas cuentan con este tipo de planes, con un crecimiento relevante pero insuficiente en relación con los objetivos, muy concentrado además en el plan simplificado sectorial de la construcción.

Parece muy lejano, máxime cuando tenemos 1,1 millones actualmente, de los que un millón corresponde al sector de la construcción y el resto son trabajadores autónomos.

Profundizando en este análisis, ha señalado la limitada extensión efectiva de estos instrumentos, especialmente fuera de grandes empresas, así como el reducido patrimonio medio de los planes simplificados para autónomos, en torno a 6.200 euros. Asimismo, ha destacado el freno experimentado por el tercer pilar, con aportaciones netas negativas superiores a 700 millones de euros en 2025, debido en gran medida al endurecimiento del tratamiento fiscal de los planes individuales

En este contexto, ha defendido la necesidad de dar un nuevo impulso a la previsión social complementaria, mediante medidas que refuercen los incentivos, introduzcan mayor flexibilidad en las aportaciones y revisen el marco fiscal. Asimismo, ha subrayado la importancia de mejorar la información a los ciudadanos sobre su pensión futura, como elemento clave para favorecer la planificación del ahorro a largo plazo.

Profundizando más ha transmitido que sólo existen 48 planes de pensiones simplificados y 1 sectorial, con un patrimonio medio de 6.600€. Además, el Pilar 3 está frenado, con 700 millones en negativo, en lo que está influyendo el recorte significado a la fiscalidad en esta modalidad. Por ello, se necesita una mayor flexibilidad, revisar el tratamiento fiscal, la exención de las contribuciones empresariales y el cumplimiento del derecho a la información sobre la pensión esperada para la contextualización y la planificación de los futuros pensionistas. Finalmente, ha señalado que sistemas como el automatic enrolment, especialmente en Reino Unido, constituyen una referencia internacional de éxito, al haber logrado aumentar de forma significativa la participación en los sistemas de empleo e incorporar a millones de nuevos ahorradores

Primera mesa redonda
Primera mesa redonda

El Auto-enrolment o adscripción automática, EuroPension (PEPP), implicaciones de la SIU y propuestas de mejora del Pilar II, constituyeron los temas tratados en la mesa redonda, moderada por el profesor Félix Benito Osma, Secretario General de SEAIDA, y constituida por Daniel López Rodríguez, Director de la Asesoría Jurídica de Negocio de VidaCaixa; Eva Valero Catalina, Directora de Vida Ahorro y Pensiones y del Observatorio Helvetia-Caser; Álvaro Requeijo Torcal, Responsable de Regulación Financiera y Seguros en Álvaro Requeijo Abogados, SLP y José Carlos Vizárraga Catalán, Director General en Ibercaja Pensión y Presidente del Consejo de Pensumo.

Daniel López Rodríguez opina que en España el sistema complementario de pensiones no existe si comparamos esos activos equivalentes al 8% del PIB con el Reino Unido (100% del PIB) o Estados Unidos (120% del PIB). En las prestaciones el 98% proceden del Pilar 1. La reforma del Pilar 2 ha sido insuficiente. Se han conseguido 1,1 millones de partícipes, de los que 1 millón proceden del plan de empleo simplificado sectorial de la construcción. Es necesario abrir el debate.

Eva Valero Catalina ha hecho hincapié en la planificación, la formación y la educación financiera, considerando que hay que ir claramente a un sistema de auto-enrolment, que tiene que estar incentivado fiscalmente. Hay que incentivar para no consumir ahora y hacerlo en el futuro. Básicamente eso, el ahorro.

Álvaro Requeijo Torcal ratifica lo transmitido por sus compañeros respecto a la necesidad de abrir un debate que permita nuevas reformas, fomento del ahorro e incentivación fiscal. Considera que es importante que las condiciones de acceso no sean demasiado bajas. Concluye que si se trata de una cuestión de constitucionalidad, tan inconstitucional podría ser un “auto-enrolment” sin “opt-out” como el sistema actual de pensiones públicas no complementado por medidas como el auto-enrolment, que mitigan el riesgo de longevidad.

José Carlos Vizárraga Catalán considera que llevamos 30 años hablando de lo mismo. Los planes de promoción pública y gestión privada han sido una gran oportunidad perdida, si bien no es un auto-enrolment como tal, si hubiese sido una herramienta que hubiese permitido dar un gran impulso al Pilar II, entiende que ha habido una falta de impulso por parte del Ministerio.

A la pregunta de Félix Benito Osma sobre la consideración de SIU como instrumento para canalizar ese ahorro, Daniel López opina que está muy bien. Toca los 3 ejes de transparencia, eficiencia y tamaño. Destaca que no hay que olvidar que los fondos de pensiones son inversores a largo plazo que canalizan el ahorro.

Eva Valero Catalina insiste en hablar de transparencia, en el año 2012 se aprobó enviar una comunicación informativa a los trabajadores que no se ha hecho. Resalta la importancia de la fiscalidad. Un límite de 1.500€ en los planes individuales y los límites de los planes de empleo no ayudan. Considera que estamos hablando de lo mejor para el ahorro a largo plazo, pero no con estos límites.

Álvaro Requeijo Torcal destaca la opción de las cuentas de ahorro inversión (CAI) como una iniciativa de la Unión Europea dentro de la estrategia SIU, que tiene el objetivo principal de canalizar el ahorro privado hacia inversiones productivas. También hace hincapié en que los límites fiscales pueden impedir el éxito de cualquier medida, que el recorrido que puedan tener las cuentas de ahorro inversión va a depender en gran medida de las ventajas fiscales que se aprueben.

José Carlos Vizárraga Catalán considera que es necesario que se cuente con el sector y que exista un apoyo fiscal y también cultural. Comparte su reflexión sobre el número y variedad de productos que el consumidor no entiende (PIAS, SIALP, CIALP, PPA, etc.) y su escepticismo sobre las nuevas cuentas de ahorro inversión si acaban por configurarse de nuevo como productos poco comprensibles para el consumidor final.

A continuación, Félix Benito Osma solicitó propuestas para la mejora del Pilar 2, teniendo en cuenta los riesgos de longevidad y de sostenibilidad. Daniel López Rodríguez transmite que quiere ser optimista, destaca que ante el riesgo de longevidad hay un gap de 10 / 15 años entre la esperanza de vida saludable y la esperanza de vida, con unas elevadas necesidades.

Eva Valero Catalina afirma que con el riesgo de longevidad viviremos más y mejor. Está en nuestras manos. Cada uno tiene que planificarse. Incide en la formación y planificación financiera. No basta con ahorrar, hay que hacerlo cómo se lleva a cabo en otros países de nuestro entorno.

Álvaro Requeijo Torcal considera que el sistema público no absorbe bien la longevidad. Después de la jubilación hay dos edades, la tercera y la cuarta. La tercera supone que se caracteriza por la alta probabilidad de supervivencia; y la cuarta edad que está más vinculada a la dependencia y a la incertidumbre.

José Carlos Vizárraga Catalán introduce la necesidad de hacer líquido el ahorro inmobiliario con apoyo fiscal para responder a la longevidad y sostenibilidad. Se hace referencia a la opción de la hipoteca inversa, concluyendo que el propio nombre de hipoteca inversa no es el más adecuado, primero por la terminología empleada y segundo porque recuerda el término otra nueva hipoteca.

Alejandro Moscoso del Prado
Alejandro Moscoso del Prado · Hogan Lovells

Tras la mesa redonda, interviene Alejandro Moscoso del Prado, Counsel de Fiscal de Hogan Lovells en Madrid, para analizar la fiscalidad de los planes de pensiones.

Alejandro Moscoso del Prado ha revisado la tributación antes y después de las reformas de 2021 y 2022, destacando su impacto en las aportaciones: de 5.562 millones de euros en 2020 se pasó a 3.799 millones en 2021 y 2.864 millones en 2022, con una previsión de 3.252 millones en 2025.

Destaca el estudio del Instituto de Estudios Económicos (2022) sobre un partícipe con renta de 30.000€, aportación máxima anual y rentabilidad del 4%: en España su capacidad de ahorro sería más de un 50% inferior a la media de la UE. Percibiría 464€ mensuales durante 20 años, frente a 1.166€ en la UE, con países líderes como Francia (2.722€), Irlanda (2.546€) y Chipre (1.989€). España solo supera a Croacia (403€), Hungría (347€), Rumanía (318€) y Eslovaquia (80€).

La comparación con sistemas fiscales de Francia, Alemania, Italia, Irlanda y Reino Unido evidencia la debilidad del modelo español.

Como mejoras, se proponen:

  • Incrementar los límites de aportación, especialmente en planes individuales.
  • Mejorar la tributación en el rescate: que capital y rendimientos tributen como renta del ahorro, diferenciándolos, y recuperar el tratamiento como rendimientos irregulares con reducción del 30%.
  • Aumentar la reducción en cotizaciones sociales por aportaciones empresariales, acercándolas o igualándolas al límite fiscal deducible general.
Segunda mesa redonda - Fondos de Promoción Pública
Segunda mesa redonda · Fondos de Promoción Pública

Finalmente, hubo una nueva mesa redonda sobre La realidad de los Fondos de Promoción Pública, moderada por Álvaro Requeijo Torcal, que contó con la participación de Fernando Calancha Marzana, Socio Director de la oficina de Hogan Lovells en Madrid y Abogado del Estado en Excedencia, Álvaro Requeijo Pascua, Socio fundador y director de Álvaro Requeijo Abogados, SLP y Abogado del Estado en Excedencia, Félix Benito Osma

Secretario General de SEAIDA y Margarita Morales Plaza, Counsel de Litigación de Hogan Lovells en Madrid.

Félix Benito Osma comenzó presentando los Fondos de Pensiones de Empleo de Promoción Pública y sus principales características con la Comisión Promotora y de Seguimiento y la Comisión de Control Especial manifestado sus funciones típicas y otras atípicas.

La intervención de Álvaro Requeijo Pascua puso de manifiesto la necesidad de soluciones de política legislativa ante la regulación actual, que presenta una configuración encorsetada sometida a la ley de contratos del sector público, lo que genera un desequilibrio entre las partes. Puso el foco sobre ese desequilibrio entre las partes provocado por el compromiso de un patrimonio bajo gestión unido a la imposibilidad para las gestoras privadas de deducirse los gastos de comercialización y a la corta duración del contrato que contrasta con el largo plazo de los planes de pensiones. Manifestó que una aplicación de la doctrina de los actos separados llevaría a que la preparación del contrato se regulase por el Derecho Administrativo, pero el desarrollo de la prestación fuese por el Derecho Privado, como lo hacen las Gestoras con los Fondos de Pensiones. Transmitiendo que todo tiene que ser regulado, pero no necesariamente por una regulación administrativa.

Fernando Calancha considera que la principal reflexión que se debe hacer es porque si los planes de pensiones de promoción pública no han tenido todo el éxito que es necesario en un momento como el presente. Ello se debe a que a la regulación sectorial de los fondos de pensiones se han añadido diversas obligaciones para la entidades gestoras que encajan muy mal con el tráfico jurídico y con el negocio que tienen de los fondos. Ello se explica porque tanto en la Ley, como en el pliego por el que se regula el contrato se han impuesto obligaciones que desnaturalizan las funciones a medio y largo plazo de una entidad gestora: la obligación de alcanzar una captación 500 millones de euros en tres años, so pena de la resolución del contrato; la imposibilidad de trasladar costes de comercialización del fondo y la exigua duración de cinco años. Hay un encaje verdaderamente difícil. Es interesante que la Administracion pretenda promover estos planes y que pretenda proteger a los inversores, pero la mejor forma de hacerlo es introduciendo mecanismos de flexibilidad para los que un contrato de servicios, con todas las exigencias legales no facilita la adecuada gestión de los fondos.

Félix Benito Osma considera que los Fondos de pensiones son patrimonios separados adscritos y finalistas; la gestión y administración queda reservada a entidades profesionales y especializadas. Corresponde a la Administración competente el incentivo y la promoción del desarrollo y de la contratación, pero no encaja muy bien que la Administración General del Estado sea una Entidad promotora cuando el control y la vigilancia en la gestión y administración del fondo es compartida entre las entidades gestoras y las depositarias dentro de sus funciones y responsabilidades respecto a los fondos y a los partícipes y beneficiarios. Y, además, las funciones encomendadas a la Comisión Promotora y de Seguimiento y a la Comisión de Control Especial son estrictamente técnicas y profesionales propias del mercado financiero y otras que corresponden, en principio, al propio órgano de administración con lo que se entremezclan deberes, funciones y normas de Derecho público y otras de Derecho privado.

Desde su punto de vista parece que se pretende reconducir la Previsión Social complementaria del Pilar 2 a los términos de la denominada “Seguridad Social complementaria”. La legislación como el negocio ha estado reservado exclusivamente a la iniciativa privada dentro de la libertad de empresa en una economía de libre mercado dentro del marco de ordenación y supervisión de la DGSFP en interés de los partícipes, beneficiarios y del interés general.

En el interesante debate que se estaba suscitando, el moderador Álvaro Requeijo Torcal, introdujo una última pregunta sobre cómo actuar si no se alcanza el objetivo del patrimonio bajo de gestión y la Administración decide resolver el contrato por incumplimiento de este compromiso.

La respuesta corrió a cargo de Margarita Morales, quien señaló que este entramado de normativa pública y privada se traslada también al ámbito procesal.

La jurisdicción aplicable varía según la fase: en la preparación y adjudicación del contrato, rige la Ley de Contratos del Sector Público y, por tanto, la jurisdicción contencioso-administrativa. En cambio, en materia de efectos, modificación y extinción no anticipada, se aplica el derecho privado y la jurisdicción civil. No obstante, quedan exceptuadas las condiciones especiales de ejecución, la modificación, la cesión, la subcontratación y la resolución anticipada, materias que vuelven al ámbito de la Ley de Contratos del Sector Público y a la jurisdicción contencioso-administrativa. En la práctica, el peso recae mayoritariamente en esta última.

En relación con la resolución del contrato por incumplimiento, entre otros efectos, destacó que, tanto si es la Administración la que resuelve como si la gestora la que desiste, es necesaria la sustitución de la entidad gestora adjudicataria mediante un nuevo proceso de licitación. Esto obliga a la entidad saliente a continuar prestando sus servicios hasta la designación de una nueva adjudicataria, mediante la correspondiente prórroga del contrato.

Finalmente surge una duda, si un tercero considera que ha tenido algún perjuicio, ¿tendría que acudir a la jurisdicción civil?, ¿contra qué Gestora? ¿Cabría pensar en una responsabilidad patrimonial del Estado? Muy difícil. Es complejo probar el funcionamiento anormal y la responsabilidad del Estado legislador.

Notas

(1) La Unión de Ahorros e Inversiones (SIU por sus siglas en inglés) es una iniciativa de la Comisión Europea diseñada para canalizar el ahorro hacia inversiones productivas, impulsando el mercado de pensiones complementarias privadas y fomentando productos de ahorro armonizados en toda la Unión Europea.

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