Fallecimiento sin testamento. Póliza no firmada. Beneficiarios.

Artículo/Norma: art. 20 y 88 LCS

SAP  Barcelona (sección civil) de 25 de febrero de 2014

Controversia: Pago a los beneficiarios o su integración en el caudal relicto.

Los beneficiarios designados a partes iguales interponen demanda frente a la aseguradora reclamando la póliza de seguro de vida tras el fallecimiento del asegurado sin haber otorgado testamento.  La aseguradora se opone porque la póliza no se encuentra firmada por el tomador, por lo que no puede determinar a quién debe realizar el pago.

El JPI estima íntegramente la demanda condenando a la aseguradora a pagar a los actores la suma como beneficiarios de la póliza más los intereses del artículo 20 LCS junto con las costas.

La aseguradora interpone recurso de apelación exclusivamente en cuanto a los intereses. La AP considera que no existía motivo alguno para que la demandada no procediera a su pago, no siendo excusa para ello el que la copia de la póliza de que disponía no se encontrara firmada por el tomador. Tampoco es óbice la existencia de una reclamación por parte de los herederos abintestato a tenor del art. 88 LCS.

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