Ruidos y vibraciones por circulación de trenes. Deficiencia constructiva. No respeto a la servidumbre de metro.

TS, Sala 1ª.

S.  de 19 de marzo de 2013

Ponente. Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán

El litigio versa sobre la responsabilidad por ruidos y vibraciones que transmite la circulación de los trenes de la línea 6 de Metro de Madrid. La demanda se dirige frente la constructora de los edificios, las promotoras y Metro de Madrid, para que adopten las medidas necesarias para poner fin a esos ruidos y vibraciones que perturban la vida de los habitantes de los edificios. El JPI condena solidariamente a las demandadas, pues se sobrepasa los límites establecidos y no se respeta la servidumbre de metro, por lo que adolecen de una deficiencia constructiva de origen perfectamente evitable. Las promotoras deben responder por aplicación del art. 17.3 de la LOE, la constructora por el art. 17.1 LOE y Metro de Madrid, por aplicación del art. 1908 CC.

La SAP desestima el recurso y estima en parte el de metro de Madrid. Esta sólo debe soportar la solución técnica y colaborar en su ejecución aunque sean costeadas por las codemandadas.

La Sala desestima el recurso porque se encuentra probado que los profesionales de la construcción saben o tienen que saber de la alarmante proximidad de la edificación a la línea 6 del metro, pese a lo cual se despreocuparon de cualquier posible medida correctora de las perturbaciones que en el futuro puedan sufrir los habitantes de las viviendas que se proponían construir y vender. No es posible derivar responsabilidades ni al Ayuntamiento de Madrid por haber concedido la licencia ni al Consorcio de Transportes de la Comunidad de Madrid.

 

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